martes, 9 de agosto de 2011

La jueza Marta Alegre rechazó la realización del aborto a la adolescente violada

Marta Alegre, Jueza de Familia.



La resolución fue firmada el viernes, pero recién trascendió hoy. La magistrada rechazó la realización del aborto, pero hizo saber a los padres que "es facultad de los mismos presentarse ante los médicos del hospital público o privado a fines de solicitar la práctica". La niña de 14 años que está embarazada producto de una supuesta violación de su tío, fue a consulta ambulatoria esta mañana al hospital Madariaga, a raíz de una descompostura. El embarazo ronda las nueve semanas de gestación.

En una argumentación, que juristas consultados consideraron “ambigüa”, la jueza Marta Alegre rechazó la autorización judicial para la práctica del aborto pedida por los padres de la adolescente violada por su tío y dejó la responsabilidad en manos de sus padres, para que, en representación de la menor, se presenten ante el hospital público o un nosocomio privado para solicitar la práctica. Por un lado, rechaza la autorización, pero considera que el pedido de aborto en este caso solo depende de la decisión médica, ya que es un caso “no punible”.

La resolución fue firmada el viernes, pero recién ayer notificada a los padres de la menor, que una vez enterados, fueron con la niña al mismo Superior Tribunal de Justicia a pedir ayuda. Finalmente, por la tarde, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, confirmó que pondrá los recursos para un abogado que represente a la joven en una apelación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La jueza Alegre hizo caso omiso a la recomendación que hizo la defensora oficial Elsa Fragueiro y consideró que “cualquiera que fuese la interpretación que pretenda darse al derecho a la vida, no está prevista en la ley la previa autorización judicial para la realización del aborto que asume como no punible, siendo los profesionales de la salud los que deben evaluar y decidir cualquier conducta a adoptar”.

La defensora apelará hoy la decisión a la Cámara Civil y pedirá una “resolución más firme”.

Es que hasta anoche en el hospital Madariaga no habían recibido ninguna notificación de la Justicia y reinaba entre los médicos la idea de rechazar la práctica porque no tienen elementos para juzgar que haya sido violada. La niña de 14 años está embarazada producto de una supuesta violación de su tío.


El violador, procesado

El viernes el juez de Instrucción, Ricardo Balor procesó con prisión preventiva al hombre que abusó sexualmente de dos de sus sobrinas y embarazó a una. De esta manera, los médicos podrían realizar el aborto, ya que se confirma el hecho de una violación.

Balor procesó al tío de las jovencitas por acceso carnal agravado por el vínculo y uso de armas, y envió un oficio al ministro de Salud Pública, José Guccione, para tener elementos en caso de que se decida hacer la interrupción del embarazo en el hospital público.

Asimismo, pidió que, en ese caso, se preserven muestras de ADN para cotejarlas con los del detenido. Con este elemento, fuentes judiciales indicaron que los padres pueden pedir la interrupción del embarazo.

“Si el médico considera que sí, la práctica se puede hacer. Pasa a responsabilidad a los padres porque es menor de edad la embarazada, pero la chica ya dijo que no quiere tener al niño”, indicó un funcionario con acceso a la causa.

Según la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles del ministerio de Salud de la Nación, las pautas de intervención en abortos no punibles en los hospitales públicos cuando el embarazo sea producto de una violación, el médico o tratante debe solicitar a la mujer constancia de la denuncia de la violación o en su caso declaración jurada de la mujer, o su representante legal.

El Hospital y la/el médica/o tratante tienen la obligación legal de practicar la intervención, siempre que exista consentimiento informado de la mujer. No deben ni están obligados a requerir la intervención y/o la autorización judicial. En los casos de niñas y adolescentes menores de 14 años, se requerirá la asistencia de los padres, tutores o encargados para acceder a la práctica del aborto. La presencia de uno solo de los padres es legalmente suficiente.

Toda/o profesional de la salud tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia con respecto a la práctica del aborto no punible.

Sin embargo, la objeción de conciencia es siempre individual y no puede ser institucional, por lo que toda institución a la que se recurra para la práctica de un aborto no punible deberá en cualquier caso garantizar su realización.

La niña pertenece a una familia humilde de Posadas. Ella y su hermana, de 10 denunciaron que fueron abusadas sexualmente por un tío. Los abusos salieron a la luz en una actividad escolar, donde tenían que contar el día más triste de sus vidas, así describieron que dos años atrás un tío había abusado de la menor y la mayor había intentado defenderla.

Las chicas contaron los hechos en Cámara Gesell en el juzgado de instrucción. Pero mientras se sustanciaba la investigación, el tío se enteró de la denuncia y, al parecer, en represalia, encontró a la sobrina y la violó. Producto de ese ataque habría quedado embarazada.

Y en esta última vez, la familia se enteró porque la chica se sentía mal, vomitaba, tenía mucha fiebre y quedó sin aire, se llamó a la ambulancia y en el hospital le hicieron los estudios básicos y ahí se supo del embarazo y contó que fue el tío que abusó sexualmente de ella con una "trincheta", en un baldío en el barrio San Jorge.

La chica sufrió una crisis emocional y “lloró mucho” por una situación que la madre "no acepta", comentaron. La madre quiere “justicia” y que el violador "pague con la cárcel", dijo un familiar de la víctima.

El supuesto violador que está detenido, tiene unos 52 años, y vivía en la misma casa mientras su familia estaba en Paraguay.


Fuente: http://www.misionesonline.net

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