viernes, 8 de marzo de 2013

8 de marzo- Día Internacional de la Mujer Trabajadora, a todas las compañeras:




El 8 de marzo no es un día festivo sino de homenaje a las trabajadoras que desde principios del siglo XX protagonizaron las luchas por la organización del movimiento obrero y por sus reivindicaciones de clase y de género.

Gracias a todas aquellas luchadoras, con las que a lo largo de todos estos años hemos recorrido un camino liberador, tomando conciencia de nuestras problemáticas específicas, viajando todos los años al Encuentro Nacional de Mujeres, donde sentimos que todas somos una, llevando adelante distintas actividades, organizándonos en la facultad para que cada vez seamos más mujeres y hombres, comprometidos con la lucha!

Orgullosos de todas las Mujeres de Derecho, que hemos demostrado todos estos años que nuestra pelea es diaria, y que seguiremos en las calles porque somos miles y miles, que transitamos el camino de la liberación, y vamos a seguir denunciando al gobierno k, porque son responsables por acción y omisión de la situación de las mujeres en todo el país.

Arriba la lucha de todas las mujeres que peleamos por liberarnos de nuestra doble opresión, contra todas las formas de violencia hacia la mujer, para exigir igual salario por igual trabajo, contra la criminalización de la protesta social, por el desmantelamiento de las redes de trata al grito de JUSTICIA Por Marita Verón y todas las víctimas del patriarcado, Basta de femicidios! Por la declaración de la emergencia en violencia sexual y doméstica, por Educación sexual para decidir, Anticonceptivos para no abortar, Aborto legal, seguro y gratuito para no morir, por la creación de la Secretaría de la Mujer, cursada especial para embarazadas, materias con perspectiva de género y el jardín maternal gratuito e irrestricto en la facultad!

Aún nos queda un largo camino por recorrer, pero si de algo estamos seguras es que NO NOS VAN A PARAR!

Desde La Corriente – Derecho Uba, les mandamos un abrazo fuerte a todas las compañeras!!

"Las mujeres llevan sobre sus espaldas la mitad del cielo y deben conquistarla. Si esta permanece serena, las tempestades revolucionarias que deben barrer el viejo mundo, se reducirán a nubarrones pasajeros."
Mao Tse tung.

martes, 5 de marzo de 2013

¡¡EL 8 de MARZO TOD@S EN LAS CALLES!!



A 10 de gobierno K, las mujeres seguimos luchando y exigiéndole:

¡Por los derechos de las mujeres trabajadoras! 

Contra la criminalización de la protesta social

¡Por el derecho al aborto legal seguro y gratuito!

¡Contra toda forma de violencia hacia las mujeres!

¡Basta de impunidad! Justicia por Marita Verón y todas las mujeres víctimas de las redes de trata!

¡El Gobierno es responsable!

•DESDE LAS 14.30HS EN LA PLAZA DE LOS DOS CONGRESOS (RIVADAVIA Y CALLAO) MUESTRAS Y CHARLAS EN LAS QUE PARTICIPAREMOS DIVERSAS ORGANIZACIONES.

•17HS MARCHA DE CONGRESO A PLAZA DE MAYO

Día internacional de la Mujer Trabajadora


viernes, 1 de marzo de 2013

8 DE MARZO DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER TRABAJADORA


Día Internacional de la mujer trabajadora



Reagrupar las fuerzas de las mujeres que venimos luchando contra la explotación, la violencia y la subestimación.

El 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer Trabajadora, todas las mujeres del país salimos a enfrentar el ajuste feroz del gobierno, para que las mujeres como el resto del pueblo no sigamos pagando la crisis.
Nos estamos reuniendo organizaciones de mujeres, sindicales, y partidos políticos, para acordar las iniciativas para el 8 de marzo.
Las mujeres estamos en las calles, luchando y reclamando lo que nos corresponde, desde hace muchos años, sobre las causas de nuestra doble opresión y subestimación que se ejerce sobre nosotras en esta sociedad dividida en clases. Desde jóvenes se expresan de varias formas, y en las escuelas de otras formas.
Si somos obreras y trabajadoras, sufrimos los “avances” tecnológicos que deberían ser un alivio en las tareas, pero en realidad se transforman en superexplotación, enfermedades laborales, suspensiones y hasta despidos. Esto últimamente se ha agudizado y a veces adquiere consecuencias crueles y provocan hasta la muerte.
La Ley nacional 26.485 tiene que ser reglamentada en forma apropiada: que se cuente con el presupuesto necesario y lograr que se incorpore al Código Penal. Es im- perioso que tanto el gobierno nacional, como los provinciales y municipales, tomen medidas concretas ante los crecientes femicidios.
El aborto ilegal es una expresión clara de desigualdad social y de violencia de género, a la vez que se mueren las más pobres. La presidenta se ha pronunciado contra el aborto, por eso en el Congreso se discutió en las comisiones correspondientes, pero en la Penal, que era la última, no se discutió y cajonearon la ley.
Se quiere discutir el aborto punible para confundir, porque es un derecho garantizado por ley en 1921 y ratificado por la Corte Suprema, mientras tanto siguen muriendo las mujeres. Este 8 de Marzo tenemos que exigir que el proyecto presentado por la Campaña nacional por el derecho al aborto, legal, seguro y gratuito, sea aprobado.
El gobierno tiene muchas deudas con las mujeres y el pueblo. El viernes 22 en Plaza de Mayo se concentraron miles, graficando el dolor, el odio de las familias y la solidaridad de nuestro pueblo por el crimen de los funcionarios de su gobierno que andan sueltos por la masacre de plaza Once.
Por eso este 8 de Marzo tenemos que, con la presencia de miles y miles de mujeres, ir acumulando fuerzas para torcerle el brazo al gobierno de Cristina Kirchner.


http://www.pcr.org.ar/nota/mujer/d%C3%AD-internacional-de-la-mujer-trabajadora-8

Informe sobre trata de personas y prostitución en Argentina

Reproducimos comunicado de Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Informe sobre trata de personas y prostitución en Argentina

 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 4 de febrero de 2013.

 Desde comienzos de la década de los 90 en todo el mundo se registra un aumento inusitado de trata de personas en el marco de la globalización de la economía de mercado. Por esta situación las Naciones Unidas impulsaron en el 2000 en Palermo, un Protocolo* con el objetivo de controlar y erradicar ésta aberrante actividad. La definición adoptada incluyó tres elementos.
 Las acciones de captación: transporte y/o traslado –dentro del país, desde o hacia el exterior- y el acogimiento o recepción.
 Los fines: como promover, facilitar u obtener provecho de cualquier forma de comercio sexual, reducir a esclavitud, imponer trabajos o servicios forzados, extracción ilícita de órganos o tejidos humanos.
Y los medios comisivos por los cuales se anula o se limita la capacidad de decisión cuando las víctimas sean mayores de 18 años. Éstos medios son: la violencia, el engaño, el fraude, la amenaza, el abuso de autoridad o la situación de vulnerabilidad, la intimidación o la coerción, concesión o recepción de beneficios para obtener el consentimiento de quien tenga autoridad sobre la víctima. Así, cuando la víctima no podía probarlos se suponía que habría consentido su propia explotación.
En nuestro país la Ley 26.364/08, si bien tipificó y federalizó el delito de trata, al incluir esa caracterización terminó motivando el cuestionamiento de activistas por los derechos de las mujeres de varios países que reclamaban omitir los medios comisivos, ya que en mayores de 18 años posibilitaban presumir el consentimiento de las víctimas y la consecuente impunidad de proxenetas y tratantes.
Dicha caracterización constituyó un retroceso frente a la legislación -resultante de la primera ola de trata externa en el país- que estableciera ya en 1937, tanto la prohibición de locales para prostitución como de la promoción y facilitación de la prostitución: Ley 12.331 artículos 15 y 17. Ésta posición fue corroborada en 1949 por la Res. Nº 317 de la Asamblea de las Naciones Unidas en el Convenio para la represión de la trata de personas y de la Explotación de la prostitución ajena** y por la Convención para la Eliminación de toda forma de Discriminación contra las Mujeres de 1979***, ambos instrumentos ratificados por nuestro país.
Cabe señalar que el delito de trata se configura cuando las acciones descriptas más arriba persiguen fines de explotación y está en juego la libertad de autodeterminación.  La explotación de la prostitución ajena genera el mayor número de víctimas de trata en Argentina –entre 85% y 90%- el resto es por explotación laboral, adopciones ilegales y comercio de órganos. La –situación de- prostitución es legal en nuestro país, de ahí que la persecución de las personas prostituídas –más allá de su sexo y género-, establecida por algunos códigos contravencionales provinciales que persisten, contraviene leyes vigentes.
Nuestras leyes sí condenan tanto al proxenetismo -Art. 126 del Código Penal (CP) “promoción o facilitación de la prostitución ajena”-, como al rufianismo -Art. 127 del CP “explotación de la prostitución ajena”-. La Ley 26.842/12 modifica a la ley 26.364 en varios aspectos reclamados por las organizaciones de derechos humanos: elimina los medios comisivos y reafirma la responsabilidad de autores, partícipes, cooperadores o instigadores aún ante un supuesto consentimiento de las víctimas de trata y explotación de personas. También impulsa además de una política pública de promoción social y defensa integral de las víctimas para la restitución de sus derechos, actividades para la concientización social y la capacitación.
Es sabido que las leyes son tan necesarias como insuficientes si la sociedad elude su responsabilidad, por lo que un cambio cultural es imprescindible aunque requiera mucho tiempo y esfuerzo. 
Si varios estudios demuestran la oferta permanente de niñas y niños en los prostíbulos de Argentina (por ej. UNICEF, 2001) razón por la que en 2005 el Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de CABA desarrolló un Programa de atención –discontinuado- serán necesarias actividades de concientización hacia quienes prostituyen.  Si transcurrieron décadas -desde 1937- sin condenas de tratantes, proxenetas y rufianes, situación que sólo comenzó a revertirse recientemente y en cambio abundaban las condenas a personas prostituídas, será necesario apoyar los esfuerzos, por ejemplo de la Corte Suprema de Justicia por capacitar a integrantes del Poder Judicial. Sobre todo para que pueda reconocerse lo determinante que puede ser para una persona vivir en estado de vulnerabilidad social de generación en generación.
 Tareas que la APDH continuará promoviendo y llevando a cabo para la protección de los derechos humanos de las personas afectadas y del resto de la comunidad.

 Buenos Aires, 4 de febrero de 2013- Mesa Directiva de la APDH   
* Protocolo complementario de la Convención de las NNUU contra la delincuencia organizada transnacional del 2000, ratificado por Argentina en 2002.
** Cuyo Preámbulo afirma: “Considerando que la prostitución y el mal que la acompaña, la trata de personas para fines de prostitución, son incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana y ponen en peligro el bienestar del individuo, de la familia y de la comunidad”.
***Artículo 6. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer.